Los servicios que presta el Colegio de Graduados Sociales de Álava son los siguientes:
- Ordenar en el ámbito de su competencia la actividad profesional de los colegiados, velando por un adecuado nivel de calidad, mediante la formación y perfeccionamiento continuado de los mismos.
- Asegurar que la actividad de los colegiados se someta, en todo caso, a las normas deontológicas de la profesión y a las requeridas por la sociedad a la que sirven, respetando y garantizando los derechos de los ciudadanos.
- Procurar la adecuada satisfacción de los intereses generales relacionados con el ejercicio de la profesión de Graduados Social.
- Colaborar con las Administraciones Públicas del País Vasco en el ejercicio de sus competencias, en los términos previstos en la Ley de Colegios Profesionales Autonómica y Estatal.
- Ejercer las facultades disciplinarias sobre los profesionales colegiados con sujeción estricta a los principios constitucionales y legales en la materia.
- Ostentar la representación y defensa de la profesión ante la Administración, Instituciones, Tribunales, entidades y particulares, con legitimación para ser parte en cuantos litigios afecten a los intereses profesionales y ejercitar el derecho de petición conforme a la Ley.
- Cumplir y hacer cumplir a los colegiados las leyes generales y especiales, los Estatutos Profesionales, así como las normas y decisiones adoptadas por los órganos colegiales en materia de su competencia, utilizando para ello los medios coercitivos permitidos por el ordenamiento jurídico y los que así se establezcan expresamente en este Estatuto.
- Informar los proyectos normativos elaborados por las instituciones del País Vasco relativos a las funciones, ámbitos, honorarios, las incompatibilidades de los miembros de sus órganos de gobierno.
- Cursos de formación o especialización y diplomas que afecten a la profesión. La formación y reciclaje continuo y actual de nuestros colegiados, y pre-colegiados es una de las prioridades del Colegio. Así anualmente se imparten cursos en la Escuela de Práctica- Jurídica, tanto de especialización como de reciclaje, siendo sus docentes: Ilmo. Sr. D. Luis Fernando Andino Axpe, Magistrado del Juzgado de lo Social núm. 5 de San Sebastián, Ilma. Sra. Dª. Marta Ortiz de Urbina Zubia, Magistrada del Juzgado de lo Social núm. 4 de Vitoria, Sr. D. Tomás Arrieta Heras, Presidente del Consejo de Relaciones Laborales entre otros. Y una formación de perfeccionamiento, donde anualmente se imparte el “FORO ARANZADI SOCIAL”, que es un encuentro entre profesionales, basado en la práctica y el debate, destinado a la actualización continua de los conocimientos necesarios en el ámbito del Derecho Laboral y de la Seguridad Social. En este foro también participan magistrados de renombrado prestigio nacional como son Excma. Sra. D. ª María Luisa Segoviano Astaburuaga, Magistrada de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, Excmo. Sr. D. Antonio V. Sempere Navarro, Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y Magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, la Ilma. Sra. D. ª Ana Isabel Molina Castiella, Magistrada de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, entre otros.
- Aprobar sus Estatutos de manera autónoma sin más limitaciones, que las impuestas por el ordenamiento jurídico.
- Aprobar sus presupuestos ordinarios y extraordinarios.
- Regular y exigir las aportaciones económicas de sus miembros, tanto en la vía colegial como en la vía jurisdiccional.
- Visar los trabajos profesionales de los colegiados, en su ámbito de competencia únicamente cuando se solicite por petición expresa de los clientes, incluidas las Administraciones Públicas cuando actúen como tales, o cuando así lo establezca el Gobierno mediante Real Decreto, previa consulta a los colegiados afectados, siempre que sea necesario por existir una relación de causalidad directa entre el trabajo profesional y la afectación a la integridad física y seguridad de las personas, y que se acredite que el visado es el medio de control más proporcionado, sin que en ningún caso los Colegios, por sí mismos o a través de sus previsiones estatutarias, puedan imponer la obligación de visar los trabajos profesionales.
- Organizar actividades y servicios comunes de interés para los colegiados, de carácter profesional, formativo, cultural, asistencial y de previsión, u otros análogos. Proveer el sostenimiento económico con los medios necesarios y organizar, en su caso, cursos para la formación profesional y ocupacional de los colegiados post-graduados y terceros.
- Encargarse del cobro de los honorarios profesionales siempre que el colegiado lo solicite libre y expresamente, de acuerdo con las condiciones y en los casos establecidos en estos Estatutos, cuando el Colegio tuviese creado dicho servicio.
- Intervenir en vía de conciliación o arbitraje, resolviendo, en su caso, por laudo a instancia de las partes en las cuestiones y discrepancias, que puedan suscitarse entre los colegiados por motivos relacionados con la profesión, tal como el cumplimiento de las obligaciones dimanantes de los trabajos realizados por éstos.
- Adoptar las medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional y la competencia desleal, instando para ello la colaboración de las Administraciones Públicas del País Vasco.
- Ejercer las competencias delegadas por las Administraciones Públicas o aquellas que hayan sido objeto de convenio de colaboración con las mismas.
- Designar representantes en cualquier Tribunal en que se exijan conocimientos relativos a materias específicas de la profesión, siempre que se requiera para ello.
- Informar en los procedimientos judiciales o administrativos, en los que se discutan honorarios profesionales.
- Regular la representación de oficio de los Graduados Sociales ejercientes, cuando fueran requeridos por los Juzgados y Tribunales de lo Social y conforme a la Ley que lo regule.
- Colaborar con la Universidad del País Vasco en la forma prevista en la legislación vigente.
De igual modo, colaborar con el resto de Universidades implantadas en el País Vasco, o en otros ámbitos, así como con otras instituciones educativas, participando en los organismos universitarios y académicos en las condiciones que se acuerden. - Bolsa de trabajo para nuestros colegiados, a la que acuden habitualmente numerosas empresas para cubrir sus necesidades de RR HH.
- Convenios de colaboración: El Colegio ha firmado varios convenios de colaboración tanto para prácticas profesionales como para formación de otros colectivos. Se nos ha solicitado formación básica de derecho de trabajo para otros colectivos y en breve se firmará el acuerdo de colaboración para impartir dicha formación. A nuestro Colegio, quizás por ser profesionales muy cercanos a las pequeñas y medianas empresas y a los trabajadores, acuden otros colectivos y asociaciones que nos solicitan colaboración, así se han firmado convenios de colaboración con la Asociación Vasca de autónomos y la Asociación de Padres y Madres Separados de Álava.
- Cualquier otro servicio que fomente el adecuado desenvolvimiento de la profesión.